Guía SPDP 2025 sobre gestión de riesgos y DPIA: lo imprescindible para cumplir en Ecuador

Guía SPDP 2025 sobre gestión de riesgos y DPIA: lo imprescindible para cumplir en Ecuador

La Superintendencia de Protección de Datos Personales (SPDP) publicó en 2025 la Guía de gestión de riesgos y evaluación de impacto del tratamiento de datos personales. El Título I es de carácter obligatorio, y fija los principios mínimos para que responsables y encargados gestionen el riesgo con enfoque en derechos y libertades de los titulares. El Título II aporta métodos y herramientas para operacionalizar ese marco.

1) La base: gestión de riesgos con cinco etapas

La guía ratifica que la LOPDP se fundamenta en la gestión de riesgos, obligando a reducir al máximo posible probabilidad e impacto de eventos que puedan afectar a los titulares. Establece cinco etapas: establecimiento del contexto, identificación, análisis, evaluación y tratamiento del riesgo, con objetivos de comunicación y monitoreo transversales.

Además, pide integrar los riesgos de protección de datos con los de seguridad de la información (SI) y otras funciones de gestión corporativa: jurídico, riesgos, TI. La interdependencia SI–LOPDP exige un análisis holístico y trabajo conjunto entre DPD, CISO/OSI y gestión de riesgos.

Pista práctica: alinear lenguaje y métricas con marcos reconocidos (p. ej., ISO/IEC 27005) facilita que legal y TI hablen de lo mismo y acelera decisiones.

2) DPIA: cuándo procede y cómo estructurarla

La Evaluación de Impacto del Tratamiento de Datos (DPIA) es obligatoria cuando el tratamiento conlleva alto riesgo para derechos y libertades (art. 42 LOPDP). La guía subraya que no se puede “saltar” a la DPIA: debe ser el resultado de haber definido criterios, identificado escenarios y analizado probabilidad/frecuencia e impacto; es decir, DPIA dentro de una gestión de riesgos, no como lista de chequeo.

Se recomiendan contenidos que justifiquen cada decisión con “fundamentos”: explicar por qué las métricas, supuestos y modelos usados son adecuados; calibrar la probabilidad en un lapso determinado; y no combinar ciegamente probabilidad×impacto si ello oculta información útil para decidir.

La guía ofrece un anexo con ejemplo práctico de DPIA que integra análisis cualitativo (riesgo jurídico) y cuantitativo (riesgos operacionales de SI), y muestra cómo unir resultados en una evaluación holística para priorizar controles.

3) Incidentes: el reloj de los 5 días

Ante vulneraciones de seguridad (confidencialidad, integridad o disponibilidad), la guía recuerda la obligación de notificar a la SPDP en un plazo de cinco días desde que se tiene sospecha/conocimiento, conforme a la LOPDP. Esta disciplina de tiempo exige detección, análisis y reporte bien ensayados.

4) ¿Qué pide realmente el Título I?

El Título I obliga a gestionar riesgos con rigor para proteger derechos y libertades: usar datos confiables, métricas significativas, modelos adecuados, y auditorías (jurídicas, organizacionales y técnicas). No basta el “cumplimiento en el papel”; se requiere evidencia de decisiones informadas y controles efectivos.

5) Recomendaciones para empresas (aplicabilidad directa)

  1. a) Diagnóstico inicial (30–60 días)
  • Levanta inventario y mapa de datos por procesos/sistemas (RAT).
  • Define criterios de evaluación: categorías especiales, grupos vulnerables, número de afectados, naturaleza de la infracción/violación, volumen de datos.
  • Revisa vulnerabilidades en tres capas: jurídicas, organizacionales (políticas/procesos) y técnicas (software/hardware).
  1. b) Plan de DPIA (90–180 días)
  • Prioriza tratamientos potencialmente de alto riesgo (p. ej., biometría, salud, perfilamientos extensivos, vigilancia/observación sistemática, grandes volúmenes).
  • Ejecuta DPIA integrando enfoque jurídico y de SI, con fundamentos trazables y calibración de probabilidad/impacto.
  • Integra resultados en la gestión global de riesgos (jurídicos, operacionales, financieros) y en seguridad “by design/by default”.
  1. c) Controles y evidencia (continuo)
  • Selecciona medidas jurídicas, organizativas y técnicas de prevención, detección y respuesta; mide eficacia y monitorea variaciones.
  • Ensaya con protocolos para la resolución de incidentes para asegurar notificación ≤5 días (y flujos internos ágiles).
  • Programa auditorías periódicas (jurídicas/organizacionales/técnicas) enfocadas en hechos, no solo en papeles.

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Conclusión. La Guía 2025 marca un estándar claro: gestión de riesgos real, DPIA previa en tratamientos de alto riesgo y respuesta a incidentes en 5 días. Quien avance hoy con diagnóstico + primeras DPIA reducirá exposición sancionatoria y, sobre todo, protegerá derechos con evidencia sólida.

Si necesitas apoyo para llevar a cabo estas recomendaciones, los expertos están a tu alcance. KahuData Solutions ofrece asesoría especializada en protección de datos personales en Ecuador.

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